



Según la Disposición transitoria primera, Incentivos a la contratación en vigor.
“A los incentivos derivados de contratos iniciales o de la transformación de contratos temporales, suscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, así como a otras bonificaciones en la cotización y a los procedimientos de otras medidas iniciados con anterioridad a esa fecha, les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su celebración.”
Por lo que entendemos que los contratos y bonificaciones que se estén aplicando, en virtud de dicho RD antes de la entrada en vigor de este nuevo RDL, se podrán seguir disfrutando sin límite temporal.
Desde Onmi Tech informaremos de las aclaraciones emitidas por el Ministerio de Trabajo a tener en cuenta para las empresas que estén aplicando esta herramienta de Bonificación.